INFORMACIÓN SOBRE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
Información institucional
El Ayuntamiento de Ronda tiene competencia en las materias atribuidas por la Ley 7/1985 reguladora de las Bases de Regimen Local. Para el ejercicio de estas competencias los concejales electos constituyen la Corporación Municipal, de donde emergen los órganos de gobierno municipales, y que se apoya en las unidades administrativas que constituyen el organigrama del Ayuntamiento.
Las competencias y los servicios que presta el Ayuntamiento de Ronda son:
a) Servicios obligatorios: todos los obligados por la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Regimen Local, esto es, alumbrado público, recogida y tratamiento de residuos, limpieza viaria, servicio contraincendios y salvamento, abastecimiento domiciliario de agua potable, jardines y zonas verdes, cementerio, biblioteca, mercados, transporte público, protección civil, seguridad ciudadana, brigada de obras, etc...
b) Servicios voluntarios
Como servicios complementarios, el Ayuntamiento de Ronda también presta, entre otros, los siguientes: servicios deportivos e instalaciones deportivas, servicios de mujer, servicios sociales comunitarios y dependencia, actividades culturales y cursos de formación de talleres y un largo etc.
La mayoría de estos servicios son prestados de manera directa, no obstante, la limpieza viaria y recogida de basuras, se gestiona a través de una Empresa Municipal, SOLIARSA, el abastecimiento domiciliario de agua potable, saneamiento y depuración, a través de una concesión administrativa de servicios a la empresa AQUALIA, y pertenecemos al Consorcio Provincial de Residuos Sólidos Urbanos, y al Consorcio Provincial de Incendios y Salvamento, realizándose las oportunas transferencias a los mismos.
En cuanto a la recaudación de todos los ingresos municipales (impuestos, tasas etc...) hasta el 1/5/2008 se gestionaba directamente por el propio Ayuntamiento, con excepción de la recaudación en periodo voluntario y ejecutivo del I.B.I. y del I.A.E. que se encontraba delegada en el Patronato Provincial de Recaudación dependiente de la Excma. Diputación Provincial de Málaga. A partir de esta fecha y mediante acuerdos de pleno de 4/4/2008 y 31/10/2008, se amplió este convenio con el Patronato y prácticamente en el Ayuntamiento solo se recauda y gestionan ingresos directos; todos los padrones y matrículas y toda la recaudación ejecutiva, así como loa inspección se ha delegado en la Excma. Diputación Provincial de Málaga a través de su Patronato de Recaudación. La totalidad del recargo de apremio es para dicho Patronato y su retribución varía en función del volumen total de cobros, no superando nunca el 5%. (modificación acuerdo de Pleno de 29/12/2011).
En cuanto a su funcionamiento, se rige por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
»El Pleno |
»Agencias y Empresas municipales |
»Organigrama municipal |